jueves, 22 de marzo de 2012

ETIQUETADO DE UN PRODUCTO QUIMICO

Etiquetado
El etiquetado deberá indicar:
  • el nombre de la sustancia o de la mezcla y/o un número de identificación;
  • el nombre, la dirección y el número de teléfono del proveedor;
  • la cantidad nominal de la sustancia o mezcla.
Cuando proceda, el etiquetado deberá incluir:
  • los pictogramas de peligro (véase el anexo V del Reglamento);
  • las palabras de advertencia «Peligro» o «Atención»;
  • las indicaciones de peligro como «Peligro de incendio o de proyección», «Mortal en caso de ingestión», etc. (véase el anexo III del Reglamento);
  • los consejos de prudencia como «Conservar únicamente en el recipiente original», «Proteger de la humedad», «Mantener fuera del alcance de los niños», etc. (véase el anexo IV del Reglamento);
  • información adicional, por ejemplo sobre las propiedades físicas o relativas a los efectos sobre la salud humana (véase el anexo II del Reglamento).
Los pictogramas de peligro tendrán forma de cuadrado apoyado en un vértice. Llevarán un símbolo negro sobre un fondo blanco, con un marco rojo lo suficientemente ancho para ser claramente visible. Cada pictograma de peligro deberá cubrir al menos una quinceava parte de la superficie de la etiqueta armonizada y la superficie mínima en ningún caso será menor a 1 cm2.
Las dimensiones de la etiqueta son las siguientes:
Capacidad del envaseDimensiones (en milímetros)
Hasta 3 litrosSi es posible, al menos 52 x 74
Superior a 3 litros, pero sin exceder los 50 litrosAl menos 74 x 105
Superior a 50 litros, pero sin exceder los 500 litrosAl menos 105 x 148
Superior a 500 litrosAl menos 148 x 210
La etiqueta de la sustancia peligrosa o de mezcla peligrosa estará escrita en la lengua o lenguas oficiales del país en el que se comercializa, a menos que el Estado miembro interesado disponga otra cosa.
Los pictogramas de peligro, las palabras de advertencia, las indicaciones de peligro y los consejos de prudencia aparecerán juntos en la etiqueta siguiendo el orden establecido por el proveedor, siempre que las indicaciones aparezcan agrupadas por lengua.

etiquetado de alimentos

Los alimentos deben exhibir una adecuada identificación. En sus envases, los alimentos deben incluir la siguiente información: denominación comercial, nombre y dirección del fabricante (y del envasador), relación de ingredientes, peso (neto y escurrido, si procede) y fecha tope de conservación. También se expresan los contenidos en calorías, nutrientes y otros datos, como características especiales de determinados artículos. En todos los casos debe quedar garantizado que lo expresado mediante palabras y dibujos en los envases y etiquetas responde a la realidad de forma inequívoca.
La expresión que resume el grado en que un alimento reúne todos los requisitos que debe cumplir es la calidad. La determinación de la calidad se consigue comparando el alimento en cuestión con un modelo o patrón teórico.
 La etiqueta es un garantía de seguridad.
Su presencia es obligatoria y debe decir la verdad.
La información debe figurar en el envase, de forma fácilmente comprensible, en un lugar destacado y de manera que no pueda borrarse ni manipularse.
En la etiqueta tiene siempre que aparecer el nombre del producto y el nombre y domicilio del fabricante, envasador o vendedor.
    En la mayoría de los casos también debe aparecer la lista de ingredientes, la cantidad neta, la fecha de consumo preferente o la de caducidad y el lote de fabricación.
    Ciertos productos deben indicar las condiciones especiales de conservación y modo de empleo, y algunos pueden llevar un etiquetado nutricional para que el consumidor conozca sus cualidades alimenticias.